El presidente García declaró al diario El Comercio, hace semana y media, que consultaría con el país un posible indulto a Fujimori. Estas declaraciones causaron revuelo y la Defensora del Pueblo, Beatriz Merino, aclaró que lo planteado por el presidente no es posible, pues el indulto y el referéndum se encuentran regulados en la constitución de manera incompatible debido a que el primero es una prerrogativa del presidente y el referendum “es un proceso de democracia directa reconocido en el artículo 31 de la Constitución que permite que los ciudadanos opinen, aprobando o rechazando, determinados temas propios del ámbito legislativo”. Agregó además que los temas que se pueden aprobar mediante referéndum son: a) la reforma total o parcial de la Constitución; b) la aprobación de normas con rango legal; d) las ordenanzas municipales; y e) las materias relativas al proceso de descentralización.
El indulto al reo Fujimori ha sido un tema que se ha estado siempre en el debate público desde que este fuera sentenciado en abril de 2009, pero muchas veces ha estado politizado. Creemos por ello pertinente hacer algunas precisiones legales.