Le ha tomado mucho tiempo, pero el sistema de justicia ya empieza a mostrar algunos resultados en la lucha contra la discriminación, en la vía penal y en la civil, que esperamos puedan multiplicarse.
En las últimas semanas, se hizo público que la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte confirmó la sentencia del Séptimo Juzgado Penal de Lima Norte, que condenó a tres años de prisión suspendida a cuatro docentes del Instituto Superior Tecnológico “Manuel Arévalo Cáceres” por el delito de discriminación en agravio de Vilma Palma, además de una reparación civil de 10 mil soles. La discriminación se inició en septiembre de 2006, cuando la agraviada fue designada como practicante del turno nocturno en el Programa de Industrias Alimentarias, y los docentes comunicaron al director del instituto que habían decidido suspender las prácticas en ese turno mientras no se designara a otra practicante pues consideraban que Palma no era capaz debido a su discapacidad psicomotora y problemas de vocalización, además de diversos actos denigrantes. Sin embargo, tal incapacidad fue desmentida por los exámenes médicos y por testimonios de quienes trabajaron con ella, y por ello el 7º Juzgado Penal Especializado del Cono Norte de Lima, dictó sentencia condenatoria el 12 de junio de 2009, y que fue recientemente confirmada.
En las últimas semanas, se hizo público que la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte confirmó la sentencia del Séptimo Juzgado Penal de Lima Norte, que condenó a tres años de prisión suspendida a cuatro docentes del Instituto Superior Tecnológico “Manuel Arévalo Cáceres” por el delito de discriminación en agravio de Vilma Palma, además de una reparación civil de 10 mil soles. La discriminación se inició en septiembre de 2006, cuando la agraviada fue designada como practicante del turno nocturno en el Programa de Industrias Alimentarias, y los docentes comunicaron al director del instituto que habían decidido suspender las prácticas en ese turno mientras no se designara a otra practicante pues consideraban que Palma no era capaz debido a su discapacidad psicomotora y problemas de vocalización, además de diversos actos denigrantes. Sin embargo, tal incapacidad fue desmentida por los exámenes médicos y por testimonios de quienes trabajaron con ella, y por ello el 7º Juzgado Penal Especializado del Cono Norte de Lima, dictó sentencia condenatoria el 12 de junio de 2009, y que fue recientemente confirmada.
Por otro lado, también se ha avanzado bastante en un caso de discriminación por orientación sexual, ocurrido el año 2004 cuando Cristian Olivera, según la agencia EFE, “fuera amonestado junto a su pareja por agentes de seguridad por mostrar actitudes supuestamente indecorosas en la cafetería del lugar, tras haberse registrado quejas de algunos clientes al respecto”. La agencia EFE agrega que Olivera demandó a la compañía (entonces llamada Supermercados Santa Isabel) ante Indecopi, afirmando que pese a que no estaban besándose ni abrazándose sino mostrándose su afecto con miradas y otros gestos, los agentes les conminaron a abandonar el local y, ante su negativa, les comunicaron que podían quedarse siempre que se abstuvieran de mostrar su afecto. Indecopi no sancionó y Olivera recurrió al Poder Judicial, presentando una demanda contra la empresa que administraba el supermercado y contra Indecopi, acusándo a esta institución de dilatar el caso. Olivera además informó el 14 del presente mes que a la vista en la Sala Civil de la Corte Suprema de Lima no acudió la empresa demandada, con lo que el juez dejó el caso visto para sentencia, que podría conocerse en un mes más.
No podemos olvidar, además, que a fines del año pasado, una notable actuación del Tercer Juzgado Civil del Cusco a cargo en ese entonces de la jueza Nelly Yábar, permitió superar la discriminación por discapacidad visual contra el abogado Edwin Béjar en el proceso de nombramiento de fiscales realizado por el Consejo Nacional de la Magistratura.
No cabe duda de que estos primeros resultados positivos deben ser resaltados y aplaudidos. Sin embargo, tampoco debemos olvidar que falta mucho por hacer, que al sistema de justicia han llegado pocos casos, y que incluso han sido contadísimos los casos penales en los que es llegó a abrir instrucción.
A fines de abril del año pasado, la Defensoría del Pueblo presentó su informe Actuación del Estado frente a la discriminación, donde se señalaban importantes avances en el sector educación y diversas ordenanzas municipales. Pero respecto del sistema de justicia, la defensoría informó que entre los años 2007 y 2008, el Ministerio Público había recibido 104 denuncias por el delito de discriminación a nivel nacional. Sin embargo, 55 (52.9%) se encontraban archivadas, mientras que 3 contaban con denuncia formalizada (2.9%) y 4 tenían dictamen fiscal (3.8%). De las resoluciones archivadas, aproximadamente la mitad se debía a que los hechos no estaban relacionados con comportamientos que configuren el delito. Sin embargo, hubo casos donde los fiscales procedieron al archivo de las denuncias basándose en la inasistencia de los denunciantes a las citaciones, sin tener en cuenta que el Ministerio Público es el titular de la acción penal. Asimismo, otro grupo de casos fue archivado solo citando el artículo 323 del Código Penal, pero sin motivar por qué el caso no encajaba en el tipo penal. Por otro lado, el Informe Defensorial señala que siete casos por discriminación derivaron en procesos penales, de los cuales uno fue archivado y los demás seguían en trámite. De otro lado, se indica que habían problemas de dilación, y que la población no estaba utilizando adecuadamente la vía constitucional a través del proceso de amparo para que los ciudadanos y ciudadanas afectados por un acto de discriminación puedan exigir la restitución de sus derechos (pp. 92-100).
Ante el panorama descrito por la Defensoría hace poco más de un año, podemos percibir que el caso de Vilma Palma es totalmente excepcional, y que igualmente lo sería el caso de Olivera si se llegara a sancionar a la empresa. La lentitud del sistema de justicia, y su inadecuado tratamiento del problema, permiten que la discriminación siga campeando por todo el país. Esto unido al hecho de que los ciudadanos y ciudadanas no hacen uso adecuado de las herramientas constitucionales que el sistema de justicia pone en sus manos.
PUBLICADO ORIGINALMENTE EN JUSTICIA VIVA
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