Cada año, el 4 de agosto, se celebra el día del juez. Desde aquí nuestro más atento y respetuoso saludo a los magistrados y magistradas de todo el país y todas las jerarquías (sobre todo la justicia de paz) que cumplen su labor de forma honesta, materializando el valor justicia en la vida cotidiana de mucha gente.
Es usual en esta época del año recordar que el Decreto Ley N° 18918 estableció esta fecha conmemorativa en 1971. Esta norma, además, establece que la Corte Suprema y las cortes superiores deben realizar, en esta fecha, “sesiones solemnes destinadas a rememorar la obra de los Magistrados peruanos que han contribuido a la correcta administración de Justicia al progreso de la cultura jurídica del país y a la emancipación social, política y económica de la República”.
Han pasado ya cuarenta años desde la promulgación de dicho decreto ley. La fecha es siempre celebrada en todas las cortes del país, leyendo discursos que resaltan la trayectoria de ilustres y ejemplares magistrados, además de otros sobre los avances en la gestión de gobierno de cada presidente de corte. Pero entonces, ¿se ha congelado la celebración en el tiempo? ¿Ha devenido en un acto protocolar rutinario que, cargado de autoelogios, reitera anualmente la importancia de los jueces para la sociedad?
Sería injusto afirmarlo. En estas cuatro décadas han cambiado muchas cosas y, aunque todavía queda tanto por hacer, la situación del juez peruano es mejor que la existente cuando se aprobó su homenaje.
Cuando surgió el “Día del Juez”, en 1971, se encontraba vigente la Constitución de 1933, conforme a la cual el nombramiento de los jueces estaba a cargo del Senado, en base a una propuesta elaborada por el Ejecutivo. Naturalmente, frente a este escenario normativo, la independencia judicial no era plena, dado el vínculo de origen con el poder político.
Peor aún, el Decreto Ley 18918 surgió en el marco del gobierno militar del General EP Juan Velasco Alvarado que, en la perspectiva de generar cambios sociales en el país, terminó interviniendo el Poder Judicial, afectando aún más su independencia. Como recuerda Fernando Bazán, este mismo gobierno:
“[E]n 1969 destituyó a los miembros de la Corte Suprema (D.L. N° 18060 del 23.11.69) y designó de motu proprio a sus reemplazantes, y que el mismo año 1971 (D.L. N° 18831 del 13.04.71 y D.L. N° 18985 del 12.10.71) creó y organizó el malhadado Consejo Nacional de Justicia (mala copia de la propuesta del organismo técnico de similar denominación que el ilustre patricio Manuel Vicente Villarán propuso en el anteproyecto de la Constitución de 1933). Consejo Nacional de Justicia que se convirtió en un ente controlado por el gobierno militar, que estableció un inaceptable tutelaje para el nombramiento de los magistrados, convirtiéndose en un mecanismo intervencionista negatorio de la independencia del Poder Judicial y, que finalmente, llegó a fracasar estrepitosamente al haber politizado la designación de los magistrados, aparte de pretender cambiar el sentido de sentencias, de destituir y deportar por consignas políticas a magistrados de la Corte Suprema y a distinguidos miembros del Colegio de Abogados de Lima. Es decir, el gobierno militar de Velasco con una mano reconoció declarativamente la alta misión de la Magistratura Nacional y con la otra manu militari diluyó la autonomía e independencia de los integrantes del Poder Judicial”.
El nombramiento de los jueces ha cambiado en las últimas décadas. Con la Constitución de 1979 estuvo a cargo del Consejo Nacional de la Magistratura, con aprobación del Senado, mientras que con la Constitución actual, vigente desde hace 18 años, la función recae íntegramente en el CNM, institución configurada para gozar de autonomía y representar a diversos sectores de la sociedad. Asimismo, el año 2008 fue aprobada la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial, que estableció un sistema objetivo de nombramientos.
Sin embargo, las normas no son garantía completa para que la magistratura cuente con independencia, pues depende también de las amenazas del poder político y de la forma en que se dirigen las instituciones de nuestro sistema de justicia.
En efecto, durante el fujimorismo hubo una manipulación de mecanismos formalmente democráticos para intervenir el sistema de justicia, lo que llevó a que cuatro de cada cinco jueces y fiscales en el país fueran provisionales. Por otro lado, durante el gobierno aprista, se habló de laapristización de la justicia debido a que, a fines de 2010, se podía observar retrocesos en las reformas democráticas impulsadas por los gobiernos de Paniagua y Toledo, además de que varias altas autoridades del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional tenían cierta afinidad con el gobierno, y algunos casos importantes que involucraban a altos funcionarios del gobierno, como el de los petroaudios, se encontraban entrampados.[1]
Frente a la situación de hace cuarenta años, tenemos ahora mejores mecanismos para seleccionar magistrados independientes. Ahora la mayoría de magistrados no han llegado al cargo apadrinados por las fuerzas políticas aunque, ciertamente, se mantienen aún magistrados cuestionables.[2] En el caso de las altas autoridades del sistema de justicia, con las elecciones de fines del 2010 fueron elegidos nuevos personajes que no tienen vinculaciones visibles con el gobierno saliente ni el actual régimen. Estas son señales de que estos cuarenta años no han pasado completamente en vano, y sí hay cambios palpables, aunque todavía hay varios puntos en agenda para garantizar una independencia plena, debiendo hacerse mejoras no solo en los procedimientos del CNM para la selección, sino también en lo referente a evaluaciones parciales y ratificaciones.[3]
Ante la coyuntura actual, los jueces y juezas de nuestro país tienen enormes desafíos, pero también la oportunidad de demostrar su independencia. El gobierno aprista tuvo varias acusaciones por corrupción y es importante que nuestro sistema de justicia las procese adecuadamente (ver: ¿El caso que (B)ate (T)odo (R)ecord en irregularidades procesales?).
También frente al nuevo régimen, los jueces tienen la obligación de mantenerse vigilantes para cuidar nuestro estado de derecho y el respeto de los derechos fundamentales. Son retos que nuestros jueces y juezas deben afrontar.
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[1] Véase: Lovatón, Palacios. “La segunda apristización de la justicia en el Perú”. En: Balance de la Justicia 2009-2010. ¿Cómo estuvo la justicia en el Perú?. Lima: Instituto de Defensa Legal, 2011, pp. 12-15,
[2] Así, por ejemplo véase el caso del magistrado supremo Robinson Gonzales, quien se encuentra en proceso de ratificación: “Un magistrado que debe irse: CNM tiene más de una razón para NO ratificar al supremo Robinson Gonzáles”.
[3] Sobre este punto puede encontrarse información detallada en el capítulo “El factor humano: carrera judicial y Consejo Nacional de la Magistratura” del Balance de la justicia 2009-2010. ¿Cómo estuvo la justicia en el Perú?, pp. 17-30.
PUBLICADO ORIGINALMENTE EN JUSTICIA VIVA
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