Presentación

sábado, 1 de septiembre de 2007

William T. Pizzi y Mariangella Montagna, “La batalla para el establecimiento de un sistema penal acusatorio en Italia” (Traducción)


Traducción publicada en Derechovirtual.com

Resumen:

El presente artículo esboza los intentos realizados en Italia para tener un sistema penal de corte más acusatorio. En 1988 se adoptó un nuevo Código Procesal Penal, pero los eventos subsecuentes han mostrado cuán difícil es cambiar la cultura jurídica de modo radical. Uno de los problemas con la reforma en Italia ha sido el hecho de que la Corte Constitucional en la década siguiente a la adopción del nuevo Código emitió una serie de sentencias que cortaban algunos de los principios básicos centrales para el nuevo sistema acusatorio. El resultado fue un sistema que comenzó a verse cada vez más inquisitivo y menos acusatorio. El nuevo sistema pasó a ser no muy diferente del antiguo, en el que los jueces podían emplear con cierta libertad declaraciones de testigos emitidas fuera de la corte, y con mucho menos énfasis en el derecho del acusado para confrontar a los testigos que tenía en contra.

Los transplantes de los sistemas judiciales a culturas jurídicas diferentes, así como los transplantes de plantas a climas diferentes, son cuestiones difícile. Unos cuantos transplantes podrían prender e incluso crecer, pero muchos se vuelven débiles y, a la larga, mueren. Algunos vieron en las sentencias de la Corte Constitucional que derogaban aspectos claves del Código Procesal Penal, el anuncio de muerte del transplante jurídico que había sido un sistema acusatorio y adversarial.4 Pero los desarrollos recientes han mostrado que la batalla sobre la futura dirección del proceso penal italiano aún no ha terminado. Al no poder superar las decisiones de la Corte Constitucional debido a que se basaban en la Constitución Italiana, el parlamento italiano se dirigió a la fuente misma en 1999 y cambió la constitución italiana, disponiendo un sistema penal acusatorio mediante el fortalecimiento de los derechos de los acusados, especialmente el derecho a enfrentarse y repreguntar a los testigos en contra. Una vez realizadas las reformas constitucionales, el parlamento cambió, el año 2001, el Código Procesal Penal para reflejar los nuevos derechos constitucionales de los acusados.