Presentación

jueves, 30 de junio de 2011

Se inscribió irregular sentencia del TC en caso PUCP vs Arzobispado de Lima

El pasado 21 de junio se consumó otra irregularidad en la controversia legal sostenida entre la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y el Arzobispado de Lima debido a que se inscribió en la partida N° 49042218 la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), del 17 de marzo de 2010, que declara infundado el amparo planteado por la universidad.


Como hemos comentado anteriormente, la pretensión del Arzobispado de inscribir la sentencia del TC en las partidas correspondientes a los bienes inmuebles de propiedad de la PUCP es un absurdo jurídico pues dicha sentencia no contiene ningún mandato. Sin embargo, la Quinta Sala Civil de la Corte Superior de Lima acogió en segunda instancia la solicitud del Arzobispado y, mediante Resolución N° 07, del 21 de enero de 2011, ordenó la inscripción a pesar de reconocer que no existe ningún mandato expreso, basándose en su interpretación del considerando 21 de la sentencia del TC.

¿Inscribir un considerando? Suena extraño, pero a veces nuestra justicia inaplica las reglas de la lógica pura mediante el (des)control difuso.