Presentación

viernes, 1 de agosto de 2008

¿Jueces o notarios de paz? Apuntes para percibir la importancia de las funciones notariales de los jueces de paz

¿Qué pasaría por su mente si alguien mencionara a los “notarios de paz”? La expresión le parecería rara, por decir lo menos.

Habituados, como estamos, a hablar sobre los jueces de paz y resaltar su calidad jurisdiccional basada en la cultura y en la conciliación, decir “notarios de paz” para referirnos a los mismos funcionarios sonaría a  excentricidad, a una deformación antojadiza de la institución. No pretendemos atribuir esta nueva etiqueta a nuestros jueces de paz, pues los análisis y debates no deben ser sobre temas meramente nominales, pero le pedimos que la recuerde pues en este trabajo plantearemos algunos puntos básicos para percibir la importancia de las funciones notariales de los jueces de paz, tanto para el público usuario del servicio, cuanto para la institución en sí misma.

El presente artículo es apenas un pequeño avance de una investigación mayor en curso en la zona sur del valle del Mantaro, por lo que solo proporcionaremos una ligera aproximación al tema y nos relevaremos, hasta un futuro próximo, de profundizar más algunos puntos y documentar otros temas importantes. Debemos anticipar que, al tratarse de un estudio sociojurídico, nuestro énfasis estará no solo en la interpretación legal (ni en mantener los mitos que aprendemos en las facultades de Derecho), sino en combinar ésta con el análisis de información de campo.