El martes 3 de noviembre, en Washington D.C., la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó una audiencia en la que se abordó la situación del derecho a la consulta de los pueblos indígenas en el Perú (Oír audiencia). Esta audiencia fue solicitada por el Instituto de Defensa Legal, la Fundación para el Debido Proceso Legal y la Clínica de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de Seattle University con el objeto de que informar a la CIDH sobre el incumplimiento de diversas obligaciones internacionales del Estado peruano en relación al derecho a la consulta, generar un espacio de diálogo entre el Estado peruano y las organizaciones solicitantes, y proponer una serie de recomendaciones para que se implementen en nuestro país políticas internas a favor del derecho a la consulta.
El informe presentado por las instituciones peticionarias presenta y analiza claramente las distintas obligaciones internacionales sobre el derecho a la consulta de los pueblos indígenas que vinculan al Estado Peruano. Estas obligaciones se derivan de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en especial el caso del Pueblo Saramaka vs. Surinam), e instrumentos del sistema internacional de Derechos Humanos, tales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas. Asimismo, el informe explica que las distintas normas que se han emitido en el Perú para desarrollar el derecho a la consulta no son compatibles con sus obligaciones internacionales debido a que relegan el derecho a la consulta a un período posterior a las concesiones, o porque se desarrollan procedimientos meramente informativos, o porque incluso no se prevé mecanismo alguno para la participación de los pueblos indígenas en los beneficios económicos como establecen los estándares internacionales. Por otro lado, el informe señala que del análisis de los 283 conflictos sociales (activos y latentes) que reportó la Defensoría del Pueblo para el mes de septiembre, se desprende que el 44% tienen que ver con la falta de consulta. Es decir la falta de implementación del derecho a la consulta es una de las fuentes más importantes de conflictividad social en el país. (Ver: Informe presentado a la CIDH).